Volver a la página de padres:Empresas Inclusivas en Europa

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Las Empresas Inclusivas emplean a personas con discapacidad en total conformidad con el artículo 27 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad:

  • Activas en el mercado laboral ordinario
  • Del 30% al 80% de los trabajadores en una empresa inclusiva están reconocidos como trabajadores con discapacidad.
  • Todo tipo de discapacidades están representadas en la plantilla.
  • Salarios de acuerdo con la ley ordinaria y convenio colectivo
  • Contratos a largo plazo
  • Prestaciones y beneficios en materia de seguridad social, pensión de desempleo, pensión de jubilación
  • Modelo en amplia gama de actividades y sectores

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Significado para los trabajadores con discapacidad:

  • Trabajo en base a la libre elección
  • Integración en la vida laboral
  • Impacto social en las personas con discapacidad, en las empresas, en los consumidores y en la sociedad.
  • Empleo, formación y oportunidades profesionales estables y adaptadas a las personas con discapacidad
  • Diferente del entorno protegido o ocupacional que se vincula al marco socio-médico.

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Legislación específica y valor añadido para el Estado

El apoyo nacional a las empresas inclusivas suele incluir:

  • inversión y subvenciones de los salarios
  • beneficios tributarios
  • medidas de contratación pública

A cambio, el estado recibe:

  • Menor gasto en prestaciones sociales estatales
  • Ingresos tributarios y de seguridad social de los trabajadores
  • Más poder adquisitivo a través de los trabajadores